Hoy, 29 de septiembre, entra en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal, de ámbito estatal. Una ley que ha sido polémica desde el principio pero que a pesar de sus deficiencias, trae novedades interesantes.
El famoso curso
Sí, será obligatoria la realización de un curso de tenencia responsable, tanto para nuevos propietarios como para aquellos que ya cuentan con un animal de compañía. Pero que no cunda el pánico, porque este será un curso fácil, sencillo, online y por supuesto gratuito. Aún no se sabe nada sobre él, porque este se verá enmarcado en el futuro Reglamento, que aún no ha visto la luz. Se tendrá un periodo de dos años para realizar dicho cursillo, y deberá estar realizado antes de la adquisición de un nuevo miembro.
El seguro de perros
No debemos confundir los seguros de responsabilidad civil (RC) de perros con los seguros de salud de perros. El primero es el obligatorio según la nueva ley, que más tarde en el reglamento ya veremos qué indican sobre importes, notificaciones, etc. y el segundo es una especie de Igualatorio como los famosos con las clínicas privadas que pueden incluir o no la cláusula de RC. Hablamos sobre ellos en este otro post por si os interesan. De momento, si no tenemos un perro dentro de los clasificados como PPP (Perro Potencialmente Peligroso), con una simple notificación a nuestro seguro sobre la incorporación del animal (perro, gato o hurón, que deberán estar debidamente microchipados) a nuestra familia.
Abandonos después de las 48 horas
Si nuestro animal de compañía ha desaparecido, ya sea por un robo, hurto, apropiación indebida o desaparición accidental, y no lo ponemos en conocimiento de las autoridades antes de las 48 horas, automáticamente se considerará un abandono por parte de sus propietarios, lo que podrá acarrear incurrir en un delito penal. Es por ello que desde el primer momento es primordial que avisemos a la policía local de nuestro municipio y protectoras de nuestra zona. No sólo conseguiremos evitar problemas legales, sino que con ayuda seguro que conseguimos encontrarle antes.
Prohibido dejarles en coches y balcones
Aunque es un tema muy lógico, la nueva ley lo deja claro: está prohibido dejarles dentro del coche, en balcones o patios, o atados durante horas. También está prohibido alimentarlos con vísceras que no hayan pasado los controles de sanidad, y dejarles solos por más de 24 horas en el caso de los perros y tres días en el resto. Hay otras prohibiciones, como la de sacrificio cero por motivo de edad o espacio, y obligaciones, como la de llevarle debidamente microchipado y cuidarlo con el debido respeto, pero en su conjunto estas son las que más nos pueden afectar.
Venta sólo en centros de cría con Núcleo Zoológico
Las tiendas de animales dejarán de poder vender perros, gatos y hurones a partir del 29 de marzo del 2024. Los animales de compañía sólo podrán ser adquiridos en los centros legales de cría responsable, que tienen núcleo zoológico y licencia de actividad. De hecho, hay muchas modificaciones en la ley al respecto de cómo deberán ser entregados. Pero hay que esperar también al reglamento para saber cómo va a ir esto, estaremos muy atentos.
No todo son obligaciones
Y es que la ley trae también cosas interesantes, como el hecho que serán los ayuntamientos quién deberá ocuparse de las colinas felinas. O que los transportes públicos o privados en la medida de lo posible deberán permitir llevar a nuestras mascotas con nosotros. Y que en los establecimientos, incluidos bares y hoteles, en la medida de los posible deberán permitir la entrada de los animales de compañía.
Si os interesa mucho este tema, os recomendamos el blog de ASCELCRE (Asociación de Centros Legales de Cría y Cuidado Responsable), donde han explicado mucho mejor y con mayor profundidad los cambios que trae esta ley, no solo para los propietarios sino también para los profesionales del sector de la mascota.
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